¿Cuál es el límite de edad para ser médico de hospital?

10 de diciembre de 2019 | Anuncios médicos

La jubilación y la edad de jubilación están más que nunca en el punto de mira. Como en muchas profesiones, el sistema de pensiones del sector médico está cambiando. ¿Cómo hacer frente a la escasez de médicos? ¿Podría estar la solución en prolongar la vida laboral de los facultativos? ¿Cuál es la edad de jubilación de un médico que trabaja en un hospital? ¿Cómo pueden evitarse los riesgos asociados a una actividad prolongada?

Es para responder a estas preguntas que el gobierno se pronunció en 2016. Se votó la modificación de la ley sanitaria para cambiar la edad de cese de actividad de los médicos hospitalarios. Esta pieza legislativa amplió el límite de edad para la actividad de los médicos en el sector público. Una decisión que ha provocado mucho debate y que aún no todos entienden. ¿Quiere verlo más claro? Desciframos las normas y prácticas relativas al límite de edad de actividad de médicos del sector hospitalario.

¿Qué dice la ley sobre la edad de jubilación en los hospitales?

El mercado laboral hospital es especialmente compleja. Muchos hospitales se ven obligados a aumentar el número de contratos temporales. Sin embargo, estas contrataciones temporales suelen salir más caras. En respuesta a la escasez de facultativos, se votó una enmienda a la ley sanitaria para permitir a quienes lo deseen prolongar su actividad. ¿Qué dice?

En los hospitales, los facultativos trabajan en distintas especialidades. Ya sean cirujanos, psiquiatras o especialistas, todos son empleados públicos. Su régimen de jubilación no depende de su especialidad. La edad de jubilación y, por tanto, el límite de edad para ejercer su profesión viene determinada por su edad, su situación contractual y el hecho de que trabajen a tiempo completo o parcial. La ley de sanidad establece que laedad de jubilación de los médicos de hospital La edad mínima para jubilarse es de 60 años y la máxima de 67 para los profesionales nacidos en 1955 y después.

Este límite de edad puede ampliarse en virtud de dos disposiciones legales que pueden combinarse. Así, el límite de edad puede ampliarse de 3 a 5 años, con lo que el límite máximo de edad pasa de 65 a 72 años. La prolongación de la actividad es posible a petición expresa del profesional. Hacemos balance de este caso concreto.

¿Cuáles son los distintos casos para ampliar su carrera como profesional?

La primera opción de ampliación es la paternidad. El límite de edad puede prorrogarse un año por hijo, hasta un máximo de tres años. Esta prórroga debe ser solicitada por el beneficiario y validada por el director de la institución, en representación del Ministerio. La dirección médicos de hospital tienen también la posibilidad de solicitar una prórroga de su actividad al menos 6 meses antes del final previsto de su actividad. Ello está supeditado al acuerdo mutuo con el hospital en el que trabajan o al que se presentan y a la condición de aptitud física y mental. Para todos los nacidos después de 1955, la posibilidad de prolongar su actividad es posible hasta 60 meses. Para los médicos nacidos antes de 1955, el periodo de prórroga es decreciente: entre 41 y 56 meses adicionales.

En profesionales bajo estatus son médicos que trabajan en una institución sanitaria pública. Estos facultativos no se consideran funcionarios, sino empleados públicos. Más complejo, su régimen de pensiones depende a la vez del régimen general y de un régimen complementario. Por tanto, pueden ejercer una actividad adicional en paralelo en otro establecimiento o como trabajadores autónomos. Por tanto, pueden combinar dos estatutos. En el marco de esta combinación, se ofrece a los profesionales la posibilidad de trabajar dos años más. Esto retrasa dos años la edad de jubilación. ¿A quién afecta esta ley y qué prevé?

¿Cuál es la acumulación de empleo y jubilación para un médico de hospital?

Los médicos de hospital tienen la oportunidad de combinar dos actividades. Por tanto, es posible trabajar tanto en una institución sanitaria pública como en la práctica privada. Una vez jubilados, pueden decidir combinar su pensión de jubilación con una actividad por cuenta propia. A la inversa, los antiguos médicos autónomos también pueden solicitar un puesto de médico hospitalario en virtud de esta legislación. Si aprueban la oposición anual, pueden conservar sus derechos de pensión y trabajar en un hospital. Esta solución permite a los médicos prever su jubilación de forma gradual. En caso de acumulación de actividad, los médicos también pueden prolongar parcialmente su actividad hasta los 72 años.

Además de la ventaja de prepararse gradualmente para un descenso de la actividad profesional, esta acumulación tiene otras ventajas. Gracias a este sistema, los médicos pueden aplazar su jubilación y mantener su nivel de vida. Para otros, es también una oportunidad de aprovechar su experiencia y su pasión por su especialidad. Por último, para los hospitales, el reto es disponer de personal cualificado y disponible. Además, pueden beneficiarse de la transmisión de sus conocimientos o investigaciones. ¡Una solución que lo tiene todo para gustar!

¿Cuáles son las repercusiones en el sistema de cotización a la pensión para los profesionales?

El régimen de pensiones de los médicos que trabajan en hospitales se divide en dos regímenes de seguro de vejez. Tienen dos regímenes: el régimen general de la seguridad social y la del organismo de previsión complementaria de los trabajadores no titulares del Estado y de las Administraciones Públicas o del IRCANTEC.
Para obtener una pensión completa en el régimen general, deben cotizar hasta los 62 años como mínimo. Sus derechos se calculan en función de sus ingresos medios durante los 25 mejores años.

Como profesionales, también acumulan derechos al IRCANTEC. Este régimen complementario les ofrece la posibilidad de tener una pensión adicional basada en sus cotizaciones. Las cotizaciones están directamente indexadas a una parte de sus salarios. No obstante, en el marco de la acumulación de empleo y jubilación, la pensión puede tener un límite máximo o no. En todos los casos, el profesional puede percibir una parte o la totalidad de su pensión de jubilación y añadir sus ingresos de trabajo. No obstante, debe tenerse en cuenta que sus cotizaciones no le otorgarán nuevos derechos.

Gracias a la derecho sanitarioEn consecuencia, los médicos de hospital han adquirido cierta flexibilidad en cuanto a su edad de jubilación. De hecho, cada vez son más los médicos de hospital que optan por prolongar su vida laboral.

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